Resido en España y voy a recibir un préstamo personal con interés 0 de un no residente en España. ¿Debo hacer escritura notarial? ¿Qué impuestos tengo que pagar? ¿Dónde debo presentar la documentación para liquidar el impuesto?
No hay obligación alguna de hacer escritura pública, aunque si lo desea puede hacerla.
En cuanto a su tratamiento fiscal, el préstamo está sujeto y exento del Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Consiguientemente, no tiene que pagar nada. Eso si, tiene obligación de presentarlo en Hacienda. Deberá hacerlo en las oficinas de Hacienda de la Comunidad Autónoma en que resida y, si no es capital de provincia, en el Registro de la Propiedad.