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ESTADO

MedidaCuantía  (€)Condiciones y aplicación
Deducción por maternidad. Puede deducirse de la cuota en la declaración o solicitar el abono anticipado.1.200 € por hijo.  Madres con hijos menores de 3 años: – Que tengan derecho a la deducción por descendientes. – Alta Seguridad Social o Mutualidad. – O percepción prestación desempleo.  
Gastos de guardería. Se deduce en la declaración.Máximo 1.000 € anuales. Incluye gastos de preinscripción, matrícula, asistencia, en horario general y ampliado, y alimentación.Mismos deducción por maternidad.
Deducción por  familia numerosa. Puede deducirse de la cuota o solicitar el abono anticipado.Máximo 1.200 € anuales con un incremento del 100% para familias numerosas de categoría especial. Por cada uno de los hijos que exceda del número exigido para su categoría se incrementa hasta 600 € anuales. Varias personas con derecho: se prorratea o se cede a uno.Alta Seguridad Social o Mutualidad. Prestaciones por desempleo. Pensionista.
Mínimos por descendientes. Se consignan automáticamente en la declaración al relacionar los descendientes.2.400 euros anuales por el 1º. 2.700 euros anuales por el 2º. 4.000 euros anuales por el 3º. 4.500 euros anuales por el 4º y siguientes. + 2.800 euros anuales, por descendiente menor de tres años.Menores de 25 años, o mayores con discapacidad (33% o más), convivencia, dependencia económica (rentas como máximo 8.000 €, y que no presente declaración con rentas superiores a 1.800 €)

COMUNIDAD DE MADRID. Deducciones en la cuota íntegra autonómica (I)

MedidaCuantía  (€)Condiciones y aplicaciónLimites, Justificación
Deducción durante tres años por nacimiento (adopción) hijos. Artículo 4 RD- Legislativo 1/2010.721,70 euros/hijo En partos múltiples (adopciones) 721,70 euros por hijo adicional.Se lo aplican los padres que convivan con los hijos. Convivencia con los dos padres: prorrateo en el IRPF por partes Iguales. Se aplica el año del nacimiento y los dos siguientes. En partos múltiples la deducción adicional solo el primer año que se aplique la deducción.Base imponible (general +ahorro) no sea superior a 30.930 euros en tributación individual o 37.322,20 euros en tributación conjunta. La base imponible (general +ahorro) de todos los miembros de la unidad familiar no debe superar los 61.860€.
Deducción por adopción internacional. Artículo 5.721,70 euros/hijoEs compatible con la anterior. Convivencia con los dos padres: el importe de la deducción se incrementa en el 50% y prorrateo por partes Iguales en declaración individual. 
Deducción por acogimiento familiar de menores. Artículo 6  Primero: 618,60€. Segundo: 773,25€. Tercero y sucesivos: 927,90€. Base Imponible (general +ahorro) no superior a 26.414,22€ individual y 37.322,20€ conjunta. Podrán pedir certificado acreditativo acogimiento.
Deducción por arrendamiento vivienda habitual. Artículo 830% con un máximo de 1.237,20€.Contribuyentes (también solteros y familias sin hijos) menores de 35 años (o 35-40 en situación desempleo y cargas familiares). La cuantía arrendamiento debe superar el 20% base imponible del contribuyente (general+ahorro)Base Imponible (general +ahorro) no superior a 26.414,22€ individual y 37.322,20€ conjunta. La base imponible (general +ahorro) de todos los miembros de la unidad familiar no debe superar los 61.860€. Pueden pedirles acreditar haber pagado el Impuesto de Trasmisiones por el arrendamiento siempre que sea superior a 15.000 euros al año.

COMUNIDAD DE MADRID. Deducciones en la cuota íntegra autonómica (II)

MedidaCuantía  (€)Condiciones y aplicaciónLímites. Justificación
Deducción por gastos educativos. Articulo 11.Máximo 412,40 € por hijo. Incluye: 15% gastos escolaridad en Educación infantil, Básica Obligatoria y FP Básica y enseñanza idiomas. 5% gasto vestuario de uso exclusivo escolar. Si hubiese derecho a la deducción por gastos de escolaridad: límite 927,90 €. Menor  primer ciclo educación infantil: límite 1.031 €.Padres o ascendientes que convivan con sus hijos o descendientes. Si convive con ambos, se prorratea. Puede pedir justificantes acreditativos del gasto.Base imponible unidad familiar (general+ahorro) no supere 30.930€ X número miembros unidad familiar. Podrán pedir justificantes acreditativos de los gastos.
Contribuyentes con hijos. Deducción por gastos de empleada de alta en SS en hogar con hijos menores de tres años. Artículo 11bis25% (Limite 463,95€ anuales)Mientras haya un hijo menor de 3 años, que sea deducible en IRPF. Contribuyente y otro progenitor en alta SS.Base imponible unidad familiar  (general+ahorro) no supere 30.930€ X número de miembros unidad familiar.
Familias numerosas. Deducción empleada en hogar con hijos menores de tres años. Artículo 11bis40% (Limite 618,60€ anuales)Mientras haya un hijo menor de 3 años, que sea deducible en IRPF. Contribuyente y otro progenitor alta SS.Base imponible unidad familiar (general+ahorro) no supere 30.930€ X número miembros unidad familiar.
Deducción por el pago de intereses del préstamo para adquisición vivienda familiar. Artículo 1225% con un máximo de 1.031 euros añoContribuyentes menores 30 años (también solteros y familias sin hijos). La deducción se aplicará hasta el mes anterior a cumplir 30 años. 

COMUNIDAD DE MADRID. Deducciones en la cuota íntegra autonómica (III)

MedidaCuantía  (€)CondicionesLímites. Justificación
Deducción intereses préstamos estudios Grado, Master y Doctorado.  Artículo 12bisSe aplica al que satisfaga los intereses del realizador de los estudios: contribuyente, cónyuge y descendientes. En el contrato deberá hacerse constar el destino de los fondos y acreditarse.
Deducción por adquisición vivienda familiar como consecuencia de nacimiento o adopción de hijos. Artículo 13.10% con un límite de 1.546,50 euros anuales.La vivienda debe adquirirse en los 3 años tras el nacimiento o adopción de un hijo que sea deducible en IRPF. Se aplica en el periodo de adquisición y en los nueve siguientes.Base imponible unidad familiar (general+ahorro) no supere 30.930€ X número de miembros unidad familiar.
Deducción por obtención de la condición de familia numerosa. Artículo 13bis.50% cuota autonómica durante 3 años. Limite 6.186 € en declaración individual y 12.372 € en conjunta.La deducción podrá aplicarse en el periodo impositivo en que surta efectos el reconocimiento y en los dos siguientes.Base imponible unidad familiar (general+ahorro) no supere 30.930€ X número de miembros unidad familiar.
Deducción por obtención de la condición de familia numerosa de carácter especial. Artículo 13bis.100% cuota autonómica durante 3 años. Limite 12.372 euros en declaración individual y 24.774 euros en conjunta.La deducción podrá aplicarse en el periodo impositivo en que surta efectos el reconocimiento y en los dos siguientes.Base imponible unidad familiar (general+ahorro) no supere 30.930€ X número de miembros unidad familiar.

COMUNIDAD DE MADRID. Deducciones en la cuota íntegra autonómica (y IV)

MedidaCuantía  (€)Condiciones y aplicaciónLimites
Deducción para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos. Artículo 14.Deducción del 10 por 100 del importe resultante de minorar la cuota íntegra autonómica en el resto de deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid y la parte de deducciones estatales que se apliquen sobre dicha cuota íntegra autonómica.Descendientes con deducción IRPF.Suma de bases imponibles no sea superior a 24.744 euros.
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