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La Comunidad de Madrid ha aprobado una subvención dirigida a las familias con hijos menores, con el objetivo de aliviar la carga de las cuotas de la Seguridad Social cuando tienen contratado personal doméstico.

Esta medida busca facilitar la conciliación laboral y familiar, incentivando la contratación formal de empleadas del hogar y ofreciendo un importante respaldo económico a las familias que cumplen ciertos requisitos.

A continuación, detallamos los aspectos clave de la ayuda:

¿Quién puede beneficiarse?

  • Titulares de un hogar familiar con hijos menores de 12 años, o menores de 18 años con discapacidad.
  • Haber abonado cuotas de la Seguridad Social en el Régimen de Empleadas de Hogar durante el año anterior, por un período mínimo de 58 días.

Cuantía de la Subvención

La ayuda se calcula en función de las cuotas de la Seguridad Social abonadas en el Régimen de Empleadas de Hogar durante el año anterior.

Se subvencionan los costes laborales derivados de la relación laboral con la persona empleada de hogar durante el período subvencionable, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, ya se trate de una contratación efectuada durante el citado período o con anterioridad al mismo.

Base de cálculo

📌 Se toman las cuotas satisfechas por el empleador y el trabajador en el año natural anterior a la solicitud.
📌 Se incrementa en un 25% para determinar la base de la subvención.

Porcentaje de la subvención según renta per cápita (RPC):

💰 RPC menor a 20.000€ → Subvención del 100% de la base de cálculo.
💰 RPC entre 20.000€ y 29.999€ → Subvención del 60%.
💰 RPC de 30.000€ o másNo aplica la subvención.

🔹 ¿Cómo calcular la renta per cápita?
Se obtiene dividiendo la renta familiar total entre el número de miembros de la unidad familiar:

Renta per cápita = Renta familiar total / Número de miembros

Condiciones y límites de la subvención

Para acceder a la ayuda, se deben cumplir los siguientes requisitos:

Condiciones

Ambos progenitores deben estar empleados a tiempo completo en el periodo subvencionable.
No pueden encontrarse en permiso de maternidad o paternidad durante dicho periodo.

Límites de renta

📌 La renta familiar total (sumando base general + ahorro en la declaración del IRPF) no debe superar los 30.000€ de la renta per capita familiar.

🔹 Cálculo del límite:

Renta máxima permitida = 30.000€ × Número de miembros de la unidad familiar (hijos y cónyuge incluidos)

Ejemplo:

Familia: dos cónyuges con 2 hijos (4 miembros en total)Límite de renta: 120.000€.

Plazo y Forma de Presentación

Plazo de solicitud

📅 Desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril de cada año.

La solicitud solicitud debe presentarse dentro de este período para poder acceder a la subvención.

¿Cómo presentar la solicitud?

🖥 Presentación telemática a través del Programa de Incentivos a la Contratación de Personas Empleadas de Hogar para la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral 2025.

Las familias interesadas deberán completar el trámite de manera digital siguiendo las instrucciones establecidas en la convocatoria oficial, accediendo al siguiente enlace:
🔗 Tramitar la subvención

¿Tributa esta subvención en el IRPF?

Según Consulta Vinculante de la Dirección General de Tributos V0129-25, de 127272025, esta subvención está exenta del IRPF (artículo 7.z) de la Ley 35/2006, de 28/11)

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